La Junta de Andalucía ha publicado las bases reguladoras para las subvenciones a la digitalización de pymes y autónomos del sector turístico, más conocidas como DIGITUR. Próximamente, se abrirá el plazo de solicitud. Estas ayudas contemplan cuantías de hasta 60.000 euros para la implantación de soluciones digitales en los ámbitos de su actividad empresarial, incluyendo la adquisición de bienes y equipos informáticos vinculados a la efectiva implantación de dichas soluciones digitales.
En concreto, serán objeto de subvención:
– La implantación de soluciones digitales en los ámbitos de actividad empresarial relacionados con los procesos de gestión empresarial (motores de búsqueda, automatización de procesos y flujos de trabajo, etc.), el posicionamiento en internet y la gestión de redes sociales, el comercio electrónico y la seguridad de las comunicaciones.
– La implementación de productos turísticos apoyados en tecnologías habilitadoras digitales (THD), tales como la utilización de la realidad aumentada o virtual para la interpretación de los recursos culturales y naturales, aplicaciones personalizadas, la ludificación de la experiencia turística, la geolocalización, etc.
– El acompañamiento a la pyme en el proceso de transformación digital. Por «acompañamiento digital» se entiende la prestación de servicios dirigidos a la mejora de las competencias digitales y a la ayuda para la formulación de estrategias que permitan la incorporación a la nueva Economía Digital.
A efectos de las presentes bases reguladoras tienen la consideración de «soluciones digitales» aquellas herramientas tecnológicas aplicadas al negocio que contribuyan de forma innovadora a aumentar la competitividad de la empresa, la sostenibilidad o la internacionalización.
Respecto a otras convocatorias, destacar que está sometida al régimen de mínimis, que actualmente está fijado en 300.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
Acceso a las bases reguladoras en este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/59/BOJA24-059-00019-42243-01_00299108.pdf.